Los detectives privados estamos obligados a confeccionar informes por cada encargo investigador que realizamos. La Ley de Seguridad Privada indica los aspectos fundamentales que deben de recoger estos informes.
Es un documento formal que únicamente puede ser confeccionado por el detective contratado y en el que se plasman los hechos observados, el cual será entregado al cliente a la finalización del encargo, obviando en el mismo todo aquello que no tenga que ver con el objeto de la investigación.
Si fuera necesario, estos informes serán ratificados por el detective en sede judicial, convirtiéndose el mismo en un valioso elemento para aportar en el juicio.
Los detectives privados estamos considerados como testigos cualificados en estos casos siendo imprescindible, por tanto, que nuestras actuaciones se ajusten en todo momento a lo legalmente establecido.
Desde Detectives Cabanach le recomendamos que contrate exclusivamente a detectives privados legalmente habilitados, evitará de esta manera futuros problemas tanto sobre la elaboración del informe correspondiente como infracciones administrativas o penales. Además de este modo evitará un posible caso de intrusismo.