La introducción en la empresa del correo electrónico y, especialmente, Internet ha traído la figura del absentismo virtual. Trabajadores que, acudiendo a su puesto de trabajo, dedican parte de la jornada a tareas personales, valiéndose de los medios de la empresa y sin que, por su actitud, tal comportamiento sea detectado fácilmente.
Desde hace años, la Investigación Privada viene brindando a las empresas una vía de lucha contra en fraude por absentismo virtual. Los informes emitidos por detectives privados legamente habilitados constituyen prueba válida y suficiente para la acreditación de los hechos en juicio. Un Detective Privado conoce la tecnología necesaria y las condiciones para que una medida de investigación sea legal y, por ello, aceptable como prueba.
En el año 2000, el TSJ de Cataluña declaró procedente el despido de un trabajador por el uso del correo electrónico para fines no laborales y en 2004 otro por el uso del ordenador laboral para descargar música y películas, consumiendo la conexión a Internet de la empresa; el TSJ de Galicia, en 2003, sentenció la procedencia del despido de un trabajador que dedicaba parte de la jornada a visitar webs pornográficas y el TSJ de Castilla y León el de otro por dedicar 50 horas en un mes a visitar webs de prensa, deportes, juegos y música. Incluso la Agencia Española de Protección de Datos ha dado el visto bueno a este tipo de investigaciones, siempre que se cumplan los requisitos señalados por nuestros tribunales: razonabilidad, necesidad, idoneidad y proporcionalidad estricta.